ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO A LA SENTENCIA C-178 DE 2007DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD DE ACTO LEGISLATIVO POR VICIOS DE COMPETENCIA-Incompetencia de la Corte Constitucional (Aclaración de voto)Referencia: expediente D-6264Demanda de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo No.01 de 2005, “Por el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política”. Demandantes: Elson Rafael Rodrigo Rodríguez BeltránMagistrado Ponente Dr. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSAEn la parte resolutiva de este fallo la Sala Plena se declaró inhibida para conocer de los cargos relativos a la sustitución de la Constitución formulados contra el Acto Legislativo 01 de 2005 por ineptitud sustancial de la demanda, y declaró exequible la reforma constitucional en relación con las acusaciones analizadas atinentes a vicios en el procedimiento de su formación.Si bien comparto la decisión adoptada considero necesario aclarar mi voto en lo que se refiere a la competencia de la Corte Constitucional para conocer de las demandas sobre pretendidos vicios de competencia en que incurra el Congreso en la aprobación de un acto legislativo y para realizar el así denominado “control de sustitución de la Constitución”, pues estas figuras implican realmente un control material de las reformas constitucionales, como he sostenido en ocasiones anteriores, especialmente en el salvamento de voto a la sentencia C-1040 de 2005, por lo tanto esta modalidad de examen también escapa del ámbito de competencias de esta Corporación. Fecha ut supra,HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTOMagistrado
Concurring opinion
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JusticeHumberto Antonio Sierra Porto
Topic of the ruling: Decreto De Correccion De Yerros. Facultad De Los Funcionarios De Enmendar Errores Caligráficos O Tipográficos En El Texto De Una Norma, Cuando No Quede Duda De La Voluntad Del Congreso
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