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C-155/07
Partial dissenting opinionConstitutional review ruling (C) C-155/07March 7, 2007

Partial dissenting opinion

The official text of this opinion is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

JusticesVladimiro Naranjo Mesa·Alvaro Tafur Galvis·Eduardo Cifuentes Muñoz

Joint partial dissent by Vladimiro Naranjo Mesa, Alvaro Tafur Galvis, and Eduardo Cifuentes Muñoz. They share a single text.

Topic of the ruling: Tribunal De Arbitramento En Contrato De Estabilidad Juridica. No Vulneración De Derechos Adquiridos En Relación Con Normas Anteriores Que Permiten Acudir Al Arbitramento Internacional Y Escoger La Ley Aplicable Para La Solución Del Conflicto

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Official text — Constitutional Court case-law reporter's officeN1 · hard data · faithful reproduction of the published opinion

Salvamento parcial de voto de los Magistrados Vladimiro Naranjo Mesa, José Gregorio Hernández y Eduardo Cifuentes Muñoz. Sentencia C-200 de 2002, M.P. Álvaro Tafur Gálvis Sentencia C-191 de 1998, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz. “El hecho de que las normas que integran el bloque de constitucionalidad tengan jerarquía constitucional hace de ellas verdaderas fuentes de derecho, lo que significa que los jueces en sus providencias y los sujetos de derecho en sus comportamientos oficiales o privados deben atenerse a sus prescripciones. Así como el preámbulo, los principios, valores y reglas constitucionales son obligatorios y de forzoso cumplimiento en el orden interno, las normas del bloque de constitucionalidad son fuente de derecho obligatoria para todos los asociados” (Sentencia C-067 de 2003, M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra) Sentencia C-1118 de 2005, M.P. Clara Inés Vargas Hernández. Sentencia C-067 de 2003, M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra. Así, por ejemplo, al referirse a los tratados sobre derechos humanos ratificados por Colombia, la Corte ha señalado que “la imperatividad de las normas humanitarias y su integración en el bloque de constitucionalidad implica que el Estado colombiano debe adaptar las normas de inferior jerarquía del orden jurídico interno a los contenidos del derecho internacional humanitario, con el fin de potenciar la realización material de tales valores” (Sentencia C-225 de 1995, M.P. Alejandro Martínez Caballero). Sentencia C-400 de 1998, M.P. Alejandro Martínez Caballero.