Constitutional review ruling (C)April 9, 2026Full bench
C-074 de 2026
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Topic · hard data
Sin Información
01
Topics and subtopics of the ruling
The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Sin información
Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02
What it decided
Holdings on Ley 599/00. Hard data, verified against the operative part — citable.
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Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (1 point)
- RESUELVE �NICO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de las expresiones: �y las dem�s normas del presente t�tulo�, contenida en el par�grafo del art�culo 135, y �persona protegida�, contenida en los art�culos 138, 138 A, 139, 139 A, 139 B, 139 C, 139 D, 139 E, 141, 141 A y 141 B de la Ley 599 de 2000, �Por la cual se expide el C�digo Penal�. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada Con aclaraci�n de voto CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado Con aclaraci�n de voto HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado Con salvamento de voto MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Se invit� a la Corte Suprema de Justicia, a la Sala de Casaci�n Penal de la Corte Suprema de Justicia, a la Jurisdicci�n Especial para la Paz, a la Fiscal�a General de la Naci�n, a la Defensor�a del Pueblo, a la Unidad para la Atenci�n y Reparaci�n Integral a las V�ctimas, a la Federaci�n Nacional de Colegios de Jueces y Fiscales, al Comit� Internacional de la Cruz Roja, a la Academia Colombiana de Jurisprudencia, al Instituto Colombiano de Derecho Procesal, al Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, al Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, a la Corporaci�n Humanas, y a las facultades de derecho de las universidades de: Los Andes, de Antioquia, de Cartagena, Externado de Colombia, Javeriana, Nacional, del Norte, Pontificia Bolivariana, del Rosario y Sergio Arboleda. [2] Expediente digital, archivo � D0016296-Peticiones y Otros-(2025-01-17 12-25-21).pdf �. [3] Ib., p. 2. [4] Expediente digital, archivo � D0016296-Peticiones y Otros-(2025-01-16 15-26-57).pdf �. [5] Expediente digital, archivo � D0016296-Auto Ordena Pruebas-(2025-03-03 06-27-04).pdf �, p. 4. [6] Expediente digital, archivo � D0016296-Concepto del Procurador General de la Naci�n-(2025-03-13 17-01-00).pdf �. [7] Expediente digital, archivo � D0016296-Autos Varios-(2025-04-03 06-57-32).pdf �. [8] Expediente digital, archivo � D0016296-Peticiones y Otros-(2025-07-30 11-34-06).pdf �. [9] Diario Oficial 44.097 del 24 de julio de 2000. [10] Expediente digital, archivo � D0016296-Presentaci�n Demanda-(2024-11-12 14-44-29).pdf�, p. 2. [11] Ib., pp. 31 y ss. [12] Ib., pp. 56 y ss. [13] Ib., p. 23. [14] Ib., p. 19. [15] Ib., p. 83. [16] Ib., p. 13. [17] Cinco intervinientes solicitaron a la Corte declarar la exequibilidad de las expresiones demandadas, dos la exequibilidad condicionada, uno la inexequibilidad y otro la exequibilidad de la expresi�n �y las dem�s normas del presente t�tulo� y la inexequibilidad de la expresi�n �persona protegida�. Por su parte el procurador general de la Naci�n pidi� a la Corte la exequibilidad de la expresi�n �y las dem�s normas del presente t�tulo� e inexequibilidad de la expresi�n �persona protegida�. [18] Instituto Colombiano de Derecho Procesal, Ministerio de Justicia y el Derecho, Pontificia Universidad Javeriana, Universidad Libre de Colombia y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Se resalta que la Universidad Libre de Colombia solicit� subsidiariamente la exequibilidad condicionada de las expresiones demandadas. En este punto se resalta que la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinaci�n de los Hechos y las Conductas de la Jurisdicci�n Especial para la Paz solicit� a la Sala Plena declara exequible la expresi�n �las dem�s normas del presente t�tulo�, �por cuanto la definici�n de persona protegida contenida en ese art�culo es pertinente y necesaria para entender otros tipos penales listados en los art�culos siguientes�. Sin embargo, el foco central de su intervenci�n fue la inexequibilidad de la expresi�n �persona protegida�. Tales argumentos se expondr�n en el cap�tulo de solicitudes de inexequibilidad. [19] La Fundaci�n Jur�dica Proyecto Inocencia y la Universidad Pontificia Bolivariana. [20] La Defensor�a del Pueblo y la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinaci�n de los Hechos y las Conductas de la Jurisdicci�n Especial para la Paz. Al respecto, se precisa que la JEP �nicamente solicit� a la Sala Plena, declarar la inexequibilidad de la expresi�n �persona protegida�, pues, a� su juicio, la expresi�n �y las dem�s normas del presente t�tulo� contenida en el par�grafo 135 del C�digo Penal, no tienen problemas de constitucionalidad. Sin embargo, el centro de su intervenci�n fue la solicitud de inexequibilidad. De igual forma, la JEP tambi�n pidi� �[a]bordar la discusi�n propuesta en la demanda alrededor del entendimiento del concepto de persona protegida, aclarando que, en el uso gen�rico de esa expresi�n por el C�digo Penal, se debe entender que, en cualquier caso, abarca a las personas que integran un grupo armado respecto de las violencias provenientes de otros integrantes de las filas�. Expediente digital, archivo � D0016296-Conceptos e Intervenciones-(2025-02-06 22-42-26).pdf �. [21] Expediente digital, archivo � D0016296-Concepto del Procurador General de la Naci�n-(2025-05-15 10-43-16).pdf �, p. 12. [22] Ib., p. 16. [23] Ib., p. 16. [24] Ib., p. 18. [25] Las preguntas orientadoras de cada uno de los ejes tem�ticos pueden consultarse en el Auto 991 de 2025. Expediente digital, archivo � D0016296-Autos Varios-(2025-07-30 06-18-37).pdf �. [26] Expediente digital, archivos: D0016296-Peticiones y Otros-(2025-08-21 11-11-10).pdf , D0016296-Peticiones y Otros-(2025-08-22 15-48-45).pdf y D0016296-Peticiones y Otros-(2025-08-28 15-53-32).pdf . [27] La intervenci�n de las v�ctimas no fue transmitida, en aras a preservar su identidad y por razones de seguridad. [28] https://www.youtube.com/watch?v=EIViDxrea-M&t=13025s [29] La L�nea de Paz y Justicia Transicional de la Cl�nica Jur�dica de Inter�s P�blico y Derechos Humanos de la
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03
The bench that decided
No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
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How it connects
This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.