JurídicoESEN
Constitutional review ruling (C)February 18, 2026Full bench

C-026/26 de 2026

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez

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Topic · hard data
Parejas Adoptantes Pueden Definir De Común Acuerdo, Con Independencia De Su Género, Quien Gozará De Las Licencias De Maternidad Y Paternidad. Se Vulnera Principio De Igualdad.
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 4 (parcial) del artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, por medio de la cual se amplía la licencia de paternidad, se crea la licencia parental compartida, la licencia parental flexible de tiempo parcial, se modifica el artículo 236 y se adiciona el artículo 241A del Código Sustantivo del Trabajo, y se dictan otras disposiciones.

Los actores alegaron que la expresión -la madre adoptante- es contraria al principio de igualdad incorporado en el artículo 13 de la Constitución.

De manera específica reprocharon que, en el caso de las parejas heteroparentales adoptantes, la frase censurada asigna de manera automática y con base en estereotipos de género, la licencia de maternidad a la madre adoptante, sin que la pareja pueda elegir cuál de sus integrantes accede a la prestación.

Indicaron, además, que la situación mencionada da lugar a un tratamiento desigual de dichas parejas en relación con las del mismo sexo adoptantes, a las cuales, en la Sentencia C-415/22 se les permitió elegir, por una única vez, cuál de sus miembros accedería a cada una de las licencias parentales.

Luego de aplicar un test integrado de igualdad y de constatar que éste no se superó, la Sala Plena de la Corporación decidió declarar la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de las expresiones -la madre adoptante- y -el padre adoptante- contenidas respectivamente en el numeral 4 y el inciso segundo del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, en el entendido de que la pareja adoptante, definirá de común acuerdo, por una sola vez, cuál de ellos, con independencia de su género gozará de la licencia de maternidad y cuál de la licencia de paternidad.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 2114/21. Hard data, verified against the operative part — citable.

2 holdings · source: operative part of the ruling
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. ÚNICO. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "la madre adoptante" y "el padre adoptante" contenidas en el numeral 4 y en inciso
  2. segundo. del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, respectivamente, en el entendido de que la pareja adoptante, definirá de común acuerdo, por una sola vez, cuál de ellos, con independencia de su género, gozará de la licencia de maternidad y cuál de la licencia de paternidad.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04

How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.