A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Ana Actuando Como Representante Legal De Su Hija, La Niña Iris·Respondent Eps-I Y Del Resguardo Indígena Blanco
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitud de nulidad.
El señor Harold Eduardo Sua Montaña le pidió a la Corporación ser reconocido como agente oficioso pro tempore de los bebés cuya vida hubiese culminado de haber prosperado en la praxis la pretensión tutelar.
Así mismo, pidió la declaratoria de nulidad de todo lo actuado en los expedientes de la referencia, desde la admisión de los respectivos escritos de tutela de los mismos, inclusive, por solicitud de parte o en su defecto de oficio.
Al analizar los presupuestos de procedencia de la precitada petición constató la Corte que no satisfizo los requisitos formales establecidos para efectuar un análisis de fondo.
En particular, encontró que el ciudadano solicitante carecía de legitimación, pues no fue parte del trámite de tutela, no fue vinculado al proceso y no cuenta con interés en lo decidido.
Por lo anterior, RECHAZÓ de plano la nulidad invocada.
El memorialista también solicitó que ocho de los nueve magistrados que integran la Sala Plena de la Corporación se declararan impedidos.
Frente a esta pretensión consideró la Corte que la misma corresponde a una recusación en la medida que se pidió la separación del conocimiento del proceso por encontrarse afectada la imparcialidad y objetividad de los funcionarios.
Concluyo la Corte que la anterior solicitud es notoriamente improcedente, pues la ley no previó la posibilidad de formular recusaciones en el trámite de las acciones de tutela.
Con base en lo anterior, también se procedió a su RECHAZO de plano.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la "solicitud de impedimento" presentada por el señor Harold Eduardo Sua Montaña en contra de los magistrados Juan Carlos Cortés Gonzáles, Jorge Enrique Ibáñez Najar, Alejandro Linares Cantillo, Paola Andrea Meneses Mosquera, Antonio José Lizarazo Ocampo, Diana Fajardo Rivera, Natalia Ángel Cabo y José Fernando Reyes Cuartas.
- Segundo. RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad de lo actuado dentro de los expedientes T.8.740.768 y T-8.857.733 presentada por el señor Harold Eduardo Sua Montaña.
- Tercero. ADVERTIR al señor Harold Eduardo Sua Montaña que, en caso de presentar solicitudes, peticiones o escritos reiterativos, el magistrado ponente de la decisión podrá disponer su rechazo mediante un auto de breve fundamentación.
- Cuarto. Contra la presente decisión no procede recurso alguno.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.