A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Danilo Mendoza Martinez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Rechazar por improcedente
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica El magistrado sustanciador rechazó la demandad por falta de competencia de la Corte Constitucional, en tanto se cuestionó una regulación de carácter reglamentario cuyo control de constitucionalidad le corresponde al Consejo de Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 237.2 Superior, y en ejercicio de la acción de nulidad por inconstitucionalidad, prevista en el artículo 135 de la Ley 1437 de 2011.
Esto es así dado que la Resolución demandada fue proferida a partir de las facultades legales conferidas al Ministerio de Salud y Protección Social, en especial, la otorgada en los artículos 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y 1 del Decreto Legislativo 539 de 2020.
Con base en lo anterior la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR por improcedente el recurso formulado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. RECHAZAR por improcedente el recurso de súplica interpuesto contra el auto del 21 de octubre de 2021, proferido por el magistrado sustanciador Alejandro Linares Cantillo, mediante el cual rechazó la demanda de inconstitucionalidad contra la Resolución 777 de 2021 "por medio de la cual se definen los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado y se adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de estas", proferida por el Ministerio de Salud y Protección Social, en el Expediente D-14.449.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte, COMUNICAR el contenido de la decisión al recurrente, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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