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Order (Auto)June 5, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Veeduria Ciudadana Para La Proteccion De Los Recursos Naturales Del Municipio De Tumerque Boyaca·Respondent Pinzon Ariza Jose Vicente Y Otro

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Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Conocimiento De Acciones Populares O De Grupo Cuando El Sujeto Pasivo Es Un Particular Cuya Acción U Omisión No Supone Ejercicio De Funciones Administrativas
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es un particular cuya acción u omisión no supone ejercicio de funciones administrativas
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintiuno Administrativo de Bogotá y el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de la misma ciudad.

La controversia se ocasionó por acción popular iniciada por la Veeduría ciudadana para la protección de los recursos naturales del municipio de Turmequé, Boyacá, contra unos ciudadanos, quienes suscribieron un contrato de concesión con el Instituto Colombiano de Geología y Minas, para la exploración técnica y económica de un yacimiento de carbón mineral en una zona ubicada en la jurisdicción de los municipios de Ventaquemada, Turmequé y Villapinzón en los departamentos de Boyacá y Cundinamarca, pero, según los accionantes, en su ejecución, están vulnerando los derechos colectivos a la vida y al ambiente sano, por lo que solicitaron proteger los derechos y prohibir cualquier tipo de actividad minera en la zona de influencia por tratarse de un área de alta vulnerabilidad y alto riesgo de remoción en masa.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Auto 799 de 2021 para concluir y resolver con la regla de decisión según la cual, en virtud de los artículos 9, 14 y 15 de la Ley 472 de 1998, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de una acción popular presentada en contra de un particular siempre que la violación o amenaza de derechos colectivos no involucre además actos, acciones u omisiones de entidades públicas y de personas privadas que desempeñen funciones administrativas, eventos en los que será la jurisdicción de lo contencioso administrativo la competente.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veintiuno Administrativo de la misma ciudad y a los sujetos procesales dentro de la acción popular.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Séptimo. Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado Veintiuno Administrativo de la misma ciudad y DECLARAR que la Acción popular presentada por la Veeduría ciudadana para la protección de los recursos naturales del municipio de Turmequé, Boyacá contra los señores José Vicente Pinzón Ariza y Mayeni Lisbeth Balbuena Dávila, corresponde al Juzgado
  3. Séptimo. Civil del Circuito de Bogotá.
  4. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5373 al Juzgado
  5. Séptimo. Civil del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veintiuno Administrativo de la misma ciudad y a los sujetos procesales dentro de la acción popular.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.