JurídicoESEN
Order (Auto)July 13, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Aliansalud Eps Sa·Respondent Administradora De Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres

✓
Topic · hard data
Conflicto De Competencia Al Interior De La Misma Jurisdicción-Inexistencia Del Conflicto Entre Jurisdicciones.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud.

La controversia entre las precitadas entidades tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral interpuesta por ALIANSALUD EPS en contra de la ADRES, en aras de que se declare la existencia de la obligación en cabeza de la ADRES en favor de ALIANSALUD de pago de los servicios de salud (…) no cubiertos por el PBS, autorizados por fallos de tutela y se condene a la ADRES al pago de dicha obligación.

La Corte advirtió que, los conflictos entre la Superintendencia de Salud y los Jueces Laborales son controversias al interior de la Jurisdicción Ordinaria y reiteró el auto 1008 de 2021 concluyendo que, la Sala Plena carece de competencia para resolver la controversia suscitada, comoquiera que la Supersalud desplaza a los jueces laborales del circuito, en los casos en que ejerce funciones jurisdiccionales, razón por la cual la definición del conflicto planteado le corresponde funcionalmente a la Jurisdicción Ordinaria Laboral, de conformidad con el inciso 5° del artículo 139 del Código General del Proceso.

Con base en las anteriores consideraciones, la Sala Plena de la Corte Constitucional, se declaró inhibida para pronunciarse sobre el asunto de la referencia por falta de competencia y remitió el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para que defina el conflicto planteado y comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-993 a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados en el presente trámite procesal.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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