JurídicoESEN
Order (Auto)June 5, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Ordoñez Rivas Carmen Gladys·Respondent Municipio De Condoto Empresas Publicas Municipales

✓
Topic · hard data
Controversia Generada Por La Ocupación Permanente De Inmuebles Con Redes Y Torres Conductoras De Energía Sin La Constitución De Servidumbre.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conflictos sobre ocupación permanente de predios que no constituyan legalmente una servidumbre
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Quibdó y el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Istmina, Chocó.

La causa de la controversia consiste en demanda de reparación directa presentada por una ciudadana, en contra de las Empresas Públicas del municipio de Condoto y el municipio de Condoto, en el departamento del Chocó, a través de la cual solicita que se declare el establecimiento de una servidumbre continua y aparente desde el año 2008 sobre la construcción de un tanque elevado sobre su propiedad para proveer de agua mediante el sistema de acueducto al corregimiento de Opogodó y se ordene a las demandadas el pago de los daños y perjuicios derivados de la ocupación permanente de la servidumbre.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente aplicar el precedente de los Autos 1045 de 2021 y 3129 de 2023 en los que se concluye que la demanda presentada en contra de una empresa de servicios públicos domiciliarios, en la que la inclusión del municipio de Condoto no activa la competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, debe seguir el procedimiento definido en la Ley 56 de 1981, según lo establecido en el artículo 57 de la Ley 142 de 1994, por lo que decide, reiterando la regla fijada en Auto 1045 citado, que corresponde a los jueces ordinarios, en su especialidad civil, el conocimiento de los conflictos originados por la ocupación permanente de predios por parte de empresas prestadoras de servicios públicos, en los eventos en los que no se hubiese constituido legalmente una servidumbre.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Istmina, Chocó, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Quibdó y a los interesados en este trámite.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Istmina, Chocó, conocer del proceso judicial promovido por Carmen Gladis Ordoñez Rivas en contra de las Empresas Públicas del municipio de Condoto y el municipio de Condoto, Chocó.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5356 al Juzgado
  4. Segundo. Civil del Circuito de Istmina, Chocó, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado
  5. Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó y a los interesados en este trámite.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.