JurídicoESEN
Order (Auto)June 26, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez

✓Claimant Carlos·Respondent Presidencia De La Republica

✓
Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Inexistencia por inobservancia de los principios del trámite de la acción de tutela
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
2 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre la Subsección C de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y el Juzgado 5 Administrativo de Pasto.

Como antecedentes de este caso se tiene que la solicitud de amparo le correspondió a la primera Corporación quien, entre otras actuaciones, admitió la demanda.

De manera posterior, el segundo despacho le pidió al Consejo de Estado remitir el expediente en razón a que estaba conociendo, presuntamente, un caso similar.

Con base en lo anterior, el Consejo de Estado ordenó remitir el expediente a dicho operador jurídico, quien de manera posterior, notificó que había emitido fallo dentro de la solicitud de amparo que estaba bajo su conocimiento.

El Consejo de Estado se abstuvo de registrar el proyecto de fallo de la tutela que le fue asignada, con el fin de evitar que se emitieran dos decisiones judiciales diferentes sobre un mismo asunto.

En consecuencia, resolvió remitir la acción de tutela al el Juzgado 5 Administrativo de Pasto, para que estudiara y decidiera lo que en derecho correspondiera.

Esta última autoridad planteó el conflicto negativo de competencia y ordenó remitir el expediente a la Corte Constitucional.

Adujo, que realizó una comparación de los dos asuntos y concluyo que no compartían identidad respecto de los sujetos y la causa, por lo que no se configuraba el fenómeno de la tutela masiva.

De manera posterior la Subsección C de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado solicitó a la Corte Constitucional abstenerse de tramitar el inexistente conflicto de competencia planteado por el Juzgado 5 Administrativo de Pasto y ordenar la devolución del expediente para adoptar a decisión correspondiente.

Indicó, que cuando remitió el expediente no renunció a la competencia ni se desvinculó del trámite y que, por el contrario, su decisión estuvo dirigida a mitigar el riesgo de proferir decisiones contradictorias.

Tras concluir que en el presente caso no existió un conflicto de competencia en materia de tutela, la Sala Plena de la Corporación decidió de abstenerse de emitir pronunciamiento y remitir la causa a la Subsección C de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, para que,

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. PRIMERO. ABSTENERSE de pronunciarse sobre el aparente conflicto de competencia suscitado entre la Subsección C de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y el Juzgado 005 Administrativo de Pasto, Nariño, en relación con la acción de tutela interpuesta por el señor Carlos en contra del Presidente de la República.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5041 a la Subsección C de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión que en derecho corresponda.
  3. TERCERO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y accionada, a la Subsección C de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y al Juzgado 005 Administrativo de Pasto, Nariño.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.