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Order (Auto)May 22, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Soto Posada Luis Fernando·Respondent Ministerio De Transporte Instituto Nacional De Vias Invias Y Otros

✓
Topic · hard data
Controversia Contractual Relacionada Con Subcontratación De Convenios Estatales-Contratistas Y Subcontratistas Particulares. Análsis Del Fuero De Atracción.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Conflictos sobre responsabilidad contractual entre particulares
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Armenia (Quindío) y el Juzgado Promiscuo Municipal de Pijao (Quindío).

Se origina la controversia por demanda en ejercicio del medio de control de controversias contractuales iniciada por un ciudadano, contra el Ministerio de Transporte, el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia - Comité Departamental de Cafeteros Quindío, con el fin de obtener la declaratoria de incumplimiento de un contrato de obra derivado de un convenio suscrito entre el Invías y la Federación Nacional de Cafeteros, cuyo objeto es el “mejoramiento, mantenimiento y rehabilitación de vías terciarias en el marco del OCAD Paz en el departamento de Quindío”, por considerar el demandante que aunque fue modificado unilateralmente el alcance del contrato y a pesar de cumplir a cabalidad con los requerimientos adicionales de la Federación, no se le han reconocido los mayores costos.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que el contrato de obra suscrito entre la Federación Nacional de Cafeteros y el demandante, no constituye un contrato estatal, toda vez que no fue celebrado por una entidad pública ni por un particular en ejercicio de funciones propias del Estado.

En su lugar, se trata de un subcontrato derivado de un convenio estatal entre el Invías y la Federación Nacional de Cafeteros.

En consecuencia, en este caso no resultan aplicables las disposiciones de los artículos 104.2 y 141 del CPACA, sino la cláusula residual de competencia establecida en el artículo 15 del CGP, dado que la controversia objeto de análisis se originó en la ejecución de subcontratos de contratos estatales y, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado, la relación que se genera en los negocios jurídicos accesorios es diferente de la que existe entre el contratista primario y la entidad estatal, así que de acuerdo con la regla de decisión establecida en el Auto 348 de 2022, la Sala resuelve, en aplicación de la cláusula residual de competencia de que trata el artículo 15 del Código General del Proceso que, la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer las demandas sobre controversias surgidas en la ejecución de subcontratos en contratos estatales, si estos son celebrados entre un contratista privado de una entidad pública y un subcontratista particular.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Pijao para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Armenia y a los sujetos procesales e interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Armenia (Quindío) y el Juzgado Promiscuo Municipal de Pijao (Quindío), en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda promovida por el señor Luis Fernando Soto Posada contra el Ministerio de Transporte, el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia - Comité Departamental de Cafeteros Quindío, corresponde al Juzgado Promiscuo Municipal de Pijao.
  3. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta corporación, el expediente CJU-4955 al Juzgado Promiscuo Municipal de Pijao para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Armenia y a los sujetos procesales e interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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