A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Rosero Correa Maria Camila·Respondent Canal Regional De Television Teveandina Ltda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 37 Laboral del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado 57 Administrativo del Circuito Judicial de la misma ciudad.
Se presenta la controversia por una demanda ordinaria laboral instaurada contra el Canal Regional de Televisión Teveandina LTDA., con la cual pretende que se declare: la existencia de una relación laboral entre las partes, ilegal el despido laboral y que se condene a la demandada al reintegro laboral de la demandante sin solución de continuidad a partir del 31 de diciembre de 2016 y hasta la fecha en que se haga efectivo el reintegro, con un salario igual o mejor al último devengado y al pago de las acreencias laborales a las cuales alude tener derecho.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la demandante pretende el reconocimiento de una relación laboral con el Canal Regional de Televisión Teveandina Ltda. a partir de la celebración de un contrato de prestación de servicios personales.
En primer lugar, Teveandina Ltda. es una sociedad conformada por entidades públicas organizada como Empresa Industrial y Comercial del Estado, que tiene el carácter de entidad descentralizada indirecta perteneciente al orden nacional, vinculada a la Comisión Nacional de Televisión.
Segundo, la controversia se origina a partir de la suscripción de un contrato de prestación de servicios entre la demandante y Teveandina Ltda.
En ese sentido, la controversia propuesta por la demandante tiene su origen en la determinación de la naturaleza de un contrato estatal celebrado entre la demandante y el Canal Regional de Televisión Teveandina Ltda., caso en el que Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo tiene la facultad para controlar, revisar y determinar la calificación de la naturaleza jurídica de dicho vínculo que une a la contratista con la administración, a partir del acervo probatorio y las circunstancias específicas del caso concreto.
La Sala Plena considera que el caso se ajusta a las previsiones del Auto 492 de 2021 y decide que, en reiteración de la regla según la cual, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la suscripción de un contrato de prestación de servicios con el Estado, de conformidad con el numeral 4 del artículo 104 del CPACA.
Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 57 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 57 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá en el sentido de DECLARAR que Juzgado 57 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por María Camila Rosero en contra del Canal Regional de Televisión Teveandina Ltda. en la que se pretende declarar el reconocimiento de una relación laboral a partir de la suscripción de un contrato de prestación de servicios entre las partes.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5412 al Juzgado 57 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 37 Laboral del Circuito de Bogotá.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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