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Order (Auto)May 15, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Respondent Chamorro Cardenas Jairo Manuel

✓
Topic · hard data
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

El origen de la controversia consiste en una demanda en en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, en contra de Jairo Manuel Chamorro Cárdenas, con la que pretende que se declare la nulidad de la Resolución en la que Colpensiones reconoció una pensión de vejez compartida y, solicita, se ordene el estudio de la pensión de vejez de carácter ordinaria a favor del demandado y se ordene al demandado devolver a Colpensiones la diferencia entre lo que se le pagó como pensión compartida y lo que realmente corresponde por concepto de pensión de vejez ordinaria.

Ello, por cuanto considera que el reconocimiento no se realizó conforme a derecho.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resuelve, en reiteración de la regla de decisión del Auto 316 de 2021 que, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

Ello, resalta la Corte, se debe a la existencia de normas especiales que prevalecen sobre la cláusula general de competencia de la jurisdicción ordinaria laboral, aun cuando la disputa gire en torno a temas relacionados con el Sistema de Seguridad Social Integral.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado
  3. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones- Colpensiones contra Jairo Manuel Chamorro Cárdenas.
  5. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5369 al Juzgado
  6. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  7. Segundo. Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.