JurídicoESEN
Order (Auto)July 15, 2026

A-882 de 2026

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

✓
Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Sin información

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Buenaventura, Valle del Cauca, y el Juzgado 002 Administrativo Oral de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Buenaventura es la autoridad competente para conocer la demanda que interpuso el se�or Daniel Rivas Murillo en contra del Distrito de Buenaventura.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretar�a General, REMITIR el expediente CJU-7723 al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Buenaventura para que proceda con lo de su competencia y les comunique la presente decisi�n a los interesados y al Juzgado 002 Administrativo Oral de Buenaventura. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital CJU-7723, archivo � 003procesoabonad_Demanda_003Demandapdf �, pp. 5-6. [2] Expediente digital CJU-7723, archivo �003procesoabonad_Demanda_003Demandapdf �, p. 6. [3] Esta fecha fue la se�alada por el actor en su pretensi�n. Ver: e xpediente digital CJU-7723, archivo �003procesoabonad_Demanda_003Demandapdf �, p. 10. [4] Expediente digital CJU-7723, archivo � 003procesoabonad_Demanda_003Demandapdf �, p. 10 a 14. [5] Expediente digital CJU-7723, archivo �009procesoabonad_Demanda_009ActaAudienciaArt7pdf�. [6] Expediente digital CJU-7723, archivo � 23_Autodecreta_CONFLICTO_022026038NRDPROPONEC_0_20260519224615924pdf�. [7] Expediente digital CJU-7723, archivo � 02CJU-7723 Correo Remisoriopdf�. [8] Expediente digital CJU-7723, archivo � 03CJU-7723 Constancia de Repartopdf�. [9] � Art�culo 241. A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [�] || 11. Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [10] Auto 155 de 2019. [11] Este elemento exige que la controversia sea suscitada por, al menos, dos autoridades que administren justicia, pertenezcan a diferentes jurisdicciones y reclamen o rechacen su jurisdicci�n sobre el asunto. [12] Seg�n este elemento, debe existir una causa judicial sobre la cual se suscite la controversia, es decir, que pueda verificarse que est� en desarrollo un proceso, un incidente o cualquier otro tr�mite de naturaleza jurisdiccional. [13] A partir de este elemento es necesario que las autoridades en colisi�n hayan manifestado, a trav�s de un pronunciamiento expreso, las razones de �ndole constitucional o legal por las cuales se consideran competentes o no para conocer de la causa. [14] Estas consideraciones fueron elaboradas a partir del Auto 1702 de 2025. [15] Convenci�n que, se advierte, en algunas de sus disposiciones, como los art�culos d�cimo y d�cimo cuarto, menciona a trabajadores posesionados o personas a posesionar. Adem�s, como lo se�al� esta Corporaci�n en el Auto 1533 de 2025, al referirse a una convenci�n anterior celebrada entre Empresas P�blicas Municipales de Buenaventura y el sindicato de base de dicha empresa, en ella hay algunas disposiciones en beneficio de los celadores, cargo que desempe�� el accionante. Ver: e xpediente digital CJU-7723, archivo �003procesoabonad_Demanda_003Demandapdf �, pp. 116, 117, 119, 125 y 133. [16] Expediente digital CJU-7723, archivo �003procesoabonad_Demanda_003Demandapdf �, pp. 55 y 56. [17] Expediente digital CJU-7723, archivo �003procesoabonad_Demanda_003Demandapdf �, pp. 57 y 58.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04

How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.