A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto las providencias dictadas a causa del seguimiento deben ser cumplidas por las entidades a las que van dirigidas sin dilación alguna
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 da respuesta a la solicitud formulada por la Unidad para las Víctimas, respecto a la reconsideración de la orden tercera del Auto 214/22.
Con la precitada disposición se ordenó al Ministro del Interior y al Director de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas que, luego de adelantar un proceso de consulta previa, dentro de los seis meses siguientes a la notificación de dicho proveído y mediante acto administrativo, expidiera el Protocolo que garantice el derecho a la participación de los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes, conforme a lo dispuesto en la orden duodécima del Auto 266/17.
Luego de analizar los argumentos de la entidad, la Corte decidió RECHAZAR, por manifiestamente improcedente, la solicitud de suspensión del plazo de cumplimiento a la orden tercera del Auto 214/22 y negar la solicitud de reconsiderar la referida orden.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. RECHAZAR, por manifiestamente improcedente, la solicitud de suspensión del plazo de cumplimiento a la orden tercera del Auto 214 de 2022.
- SEGUNDO. NEGAR, la solicitud del Director de la Unidad para las Víctimas de reconsiderar la orden tercera del Auto 214 de 2022, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- TERCERO. ADVERTIR, al Director de la Unidad para las Víctimas que tiene el deber de observar los postulados de la buena fe y la lealtad procesal en el marco del seguimiento que adelanta esta Sala. De tal suerte, deberá abstenerse de presentar a la Sala información que no sea suficiente, integral, clara, pertinente y oportuna.
- CUARTO. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, la presente decisión al Director de la Unidad para las Víctimas, al Ministro de Interior, a la Procuradora General de la Nación, al Contralor General de la República, al Defensor del Pueblo y al Coordinador de Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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