A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Respondent Quintero Borda Ana Mirian
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Décimo Administrativo de Oralidad del Circuito de Santiago de Cali -Valle del Cauca- y el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones en contra de una resolución propia, por medio de la cual la entidad reconoció sustitución pensional a favor de una ciudadana.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró que cuando una entidad pública demanda, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, un acto administrativo propio tras no obtener la autorización del titular para revocarlo directamente, el asunto es de competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, incluso si el acto se pronuncia sobre derechos pensionales.
A dicha conclusión ha llegado la Corte Constitucional a partir de la lectura de los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, los cuales disponen, por una parte, que, si el titular no autoriza a la administración de manera previa, expresa y escrita para revocar directamente un actos administrativo de carácter particular que lo afecta, “deberá demandarlo ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo”; y, por la otra, que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente de resolver los conflictos jurídicos relacionados con “actos (…) sujetos al derecho administrativo, en los que estén involucradas las entidades públicas (…)”.
Con base en lo anterior, se ordena el envío del expediente al Juzgado Décimo Administrativo de Oralidad del Circuito de Santiago de Cali -Valle del Cauca- para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la decisión al otro operador jurídico involucrado, así como a las partes y a los demás interesados en el proceso.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Décimo. Administrativo de Oralidad del Circuito de Santiago de Cali -Valle del Cauca- y el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Santiago de Cali -Valle del Cauca- y DECLARAR que el Juzgado
- Décimo. Administrativo de Oralidad del Circuito de Santiago de Cali -Valle del Cauca- es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Colpensiones contra la señora Ana Quintero Borda.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-1542 al Juzgado
- Décimo. Administrativo de Oralidad del Circuito de Santiago de Cali -Valle del Cauca- para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Santiago de Cali -Valle del Cauca-.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.