A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativo cuando la etapa conciliatoria prospera
- Competencia de la Jurisdicción Ordinaria cuando la etapa conciliatoria no prospera
- Costas y honorarios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre los juzgados 3 Civil del Circuito y 31 Administrativo Oral del Circuito, Sección Tercera, de Bogotá D.C.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ejecutiva iniciada por dos integrantes del Consorcio Castell Pórticos en contra del Fondo Financiero Distrital de Salud, la Secretaría de Salud del Distrito Capital, con el objeto de que se librara mandamiento de pago por una suma superior a los ciento sesenta millones de pesos, por concepto de e reembolso de honorarios y gastos de un proceso arbitral, así como los intereses moratorios causados.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero proceso entre jurisdicciones, la Corte estableció que le corresponde resolver el precitado asunto al Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá, a donde se ordenó remitir el expediente para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico.
La regla de decisión aplicada es que, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 27 de la Ley 1563 de 2012, la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad civil es competente para conocer la demanda ejecutiva a través de la cual una de las partes de un proceso arbitral reclame de la otra el reembolso de los honorarios y gastos del tribunal de arbitramento, sufragados por quien promueve el proceso ejecutivo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. CORREGIR el encabezado del Auto 834 de 2021, el cual queda asi:
- Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 3o Civil del Circuito de Bogota y el Juzgado 31 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogota, Seccion Tercera.
- Segundo. CORREGIR la parte resolutiva del Auto 834 de 2021, la cual queda asi:
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 3o Civil del Circuito de Bogota y el Juzgado 31 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogota, Seccion Tercera, y DECLARAR que el Juzgado 3o Civil del Circuito de Bogota es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Porticos Ingenieros Civiles S.A. y Castell Camel S.A.S. integrantes del Consorcio Castell Porticos en contra del Fondo Financiero Distrital de Salud de Bogota.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-110 al Juzgado 3o Civil del Circuito de Bogota para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados y al Juzgado 31 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogota, Seccion Tercera.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.