A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Olga Lucia Nuñez Prada·Respondent Casur
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Veinticinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Ibagué.
La controversia entre las precitadas autoridades judiciales tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
La Corte considera que, de conformidad con el principio de la perpetuatio jurisdictionis, le corresponde al Juzgado Veinticinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá tramitar la acción de tutela formulada, dado que la Corporación mediante Auto 817/21 y con ocasión de la doble asignación que del asunto hizo la oficina judicial de reparto de Ibagué, le envío el expediente a dicha autoridad.
Se ordena enviar el expediente a este despacho para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Al otro despacho se le advierte que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 8 de septiembre de 2021 por el Juzgado Veinticinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogota, en el marco de la tutela promovida por Olga Lucia Nunez Prada contra la Caja de Sueldos de Retiro de la Policia Nacional.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4077 al Juzgado Veinticinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogota para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Ibague -autoridad que remitio el expediente de la referencia a esta Corte- que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual, debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Ibague, la decision adoptada mediante esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.