A- de 2018
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Claimant Ricardo Ariel Henry Vega·Respondent Uariv Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Caucasia (Antioquia) y el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bello (Antioquia).
La controversia se originó en torno a las diferentes interpretaciones que del factor territorial hicieron las autoridades judiciales involucradas.
Considera la Corte que el único juez que tiene competencia para decidir la acción de tutela, es el del municipio de Bello.
Se ordena remitir el expediente a la precitada autoridad para que de manera inmediata profiera la decisión de fondo que corresponda.
Al Juzgado de Caucasia se le advierte que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 9 de octubre de 2018 proferido por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Bello, Antioquia, dentro de la accion de tutela presentada por Ricardo Ariel Henry Vega como apoderado de Reinaldo Antonio Echavarria Guerra, en contra del Fondo de Reparacion Integral a las Victimas y la Unidad para la Atencion y Reparacion de las Victimas.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3525 al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Bello, Antioquia, para que profiera decision de fondo respecto de la referida accion de tutela.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Caucasia, Antioquia que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR a la parte actora la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.