A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Carolina Ramírez Pérez
✓Claimant Hernandez Morales Luz Mila·Respondent Ese Hospital Local De Puerto Libertador
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de demandas laborales promovidas por empleados públicos contra empresa social del estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Montelíbano y el Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Montería, suscitado por una demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana, en contra de la E.S.E.
Hospital Local de Puerto Libertador “El Divino Niño de Puerto Libertador, con el fin de solicitar que se declare que entre la demandante y la demandada hubo una relación laboral a través de contrato de trabajo, se declare que la E.S.E.
Hospital Local de Puerto Libertador dejó de pagar unos salarios y la liquidación de prestaciones sociales por el periodo laborado; y se le ordene el pago de los mismos.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la demandante tendría, prima facie, la calidad de empleado público en razón a su cargo de técnica administrativa, por lo que, en principio, no se trataría de un empleo relacionado con “mantenimiento de la planta física hospitalaria o de servicios generales”, por lo que considera que se satisfacen los presupuestos que permiten la aplicación de la regla de decisión establecida en el Auto 796/21.
La jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de una demanda laboral contra una Empresa Social del Estado promovida por un empleado público, situación jurídica que se constata con las funciones que desempeña en la entidad acorde con lo previsto en la Ley 10 de 1990.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Montelíbano y el Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Montería, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Montería la competencia para conocer y dirimir la demanda interpuesta por la señora Luz Mila Hernández Morales contra la E.S.E. Hospital Local de Puerto Libertador "El Divino Niño de Puerto Libertador".
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta corporación, REMITIR el expediente CJU-6449 al Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Montería, para lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados, al Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Montelíbano y al Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Montería.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.