A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Obligaciones de contenido crediticio a favor de entidad encargada de reconocer y pagar la pensión
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Procesos en los que se pretende el pago de cuotas partes pensionales reconocidas mediante actos administrativos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá y la Subsección F de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ejecutiva que presento la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, en contra de Cajanal en liquidación, por el no pago de una suma superior a los dos mil millones de pesos que la entidad le reconoció mediante una resolución, por concepto de ciento treinta y tres cuotas partes pensionales.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que le corresponde al Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá, conocer y tramitar el precitado asunto.
Se ordenó enviar el expediente a dicha autoridad para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en su trámite, al igual que al otro operador jurídico involucrado.
La regla de decisión que se utilizó en este asunto es aquella que establece que la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de la seguridad social es competente para conocer de la ejecución de actos administrativos expedidos por los agentes liquidadores en los cuales se reconocen cuotas partes pensionales, en los términos de la cláusula general de competencia prevista por el numeral 5º del artículo 2 del CPTSS.
Esto, porque el asunto no versa sobre el control de legalidad de los mismos, sino acerca de la ejecución de títulos ejecutivos que contienen obligaciones propias del sistema de seguridad social.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogota y la Subseccion F de la Seccion Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogota es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva promovida por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota en contra del Patrimonio Autonomo Cajanal E.I.C.E en liquidacion, por concepto de cuotas pensionales.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-742 al Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogota, para lo de su competencia y para que comunique la presente decision a los interesados en este tramite y a la Subseccion F de la Seccion Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.