A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Agudelo Zapata Sonia Maria·Respondent Municipio De Cocorna Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Acción de nulidad de actos administrativos o acuerdos de voluntades en los que intervenga una entidad estatal
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Cocorná, Antioquia, y el Juzgado 12 Administrativo Oral de Medellín.
La controversia es causada por un proceso verbal sumario de mínima cuantía de nulidad absoluta sustancial, promovido por una ciudadana, en contra del municipio de Cocorná, Antioquia, respecto de una escritura pública de la Notaría Única de Cocorná, Antioquia, con el que pretende se declare la nulidad Absoluta Sustancial de la escritura celebrada entre un ciudadano y el municipio de Cocorná, representada legalmente por Néstor Alirio López Giraldo, (alcalde para la época), por considerar que es un negocio inválido sustancialmente, en razón a omitir el procedimiento regulado en Capítulo III de la ley 9 de 1989, artículo 9 y siguientes, frente a la compra de inmuebles por parte de Entidades de derecho Público y, se proceda a la cancelación del registro de la escritura.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que el caso se ajusta a las previsiones de los Autos 241 y 285 de 2022 y emite la regla según la cual, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer las demandas en las que se pretende declarar la nulidad de una escritura pública, si el contenido de dicha escritura contiene un acto administrativo o un acuerdo de voluntades en el que intervenga una entidad estatal.
En caso contrario, el conocimiento de la acción corresponderá a la jurisdicción ordinaria en aplicación de la regla general o residual de competencia prevista en el artículo 15 del Código General del Proceso.
La Sala considera que la demanda del caso bajo estudio debe ser conocida por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en razón a que la escritura pública demandada incluye un acuerdo de voluntades donde interviene una entidad estatal.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 12 Administrativo Oral de Medellín, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los sujetos procesales interesados en el trámite y al Juzgado Promiscuo Municipal de Cocorná, Antioquia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Cocorná, Antioquia y el Juzgado 12 Administrativo Oral de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 12 Administrativo Oral de Medellín es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por la señora Sonia María Agudelo contra el municipio de Cocorná, Antioquia.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5230 al Juzgado 12 Administrativo Oral de Medellín, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los sujetos procesales interesados en el trámite y al Juzgado Promiscuo Municipal de Cocorná, Antioquia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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