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Order (Auto)May 2, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant De Oficio·Respondent Leal Llanos Martha Ines Y Otros

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá.

La controversia entre Despachos se origina por escrito de acusación presentado por la Fiscalía General de la Nación contra tres funcionarios del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), por la presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir agravado, abuso de función pública, prevaricato por acción y violación ilícita de comunicaciones agravada.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que uno de los implicados solicitó al Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá la remisión de su proceso a la JEP.

Frente a ello, el juzgado ordinario negó la solicitud y dispuso el envío de expediente a la Corte Constitucional para que resolviera el supuesto conflicto entre jurisdicciones, de acuerdo con la propuesta de una de las partes en el proceso bajo su conocimiento.

Por otro lado, no existe prueba en el expediente que dé cuenta de que la JEP haya asumido el conocimiento del asunto y, menos, que acredite una actuación en ese sentido.

Si bien se realizó solicitud de sometimiento a la JEP por el interesado, lo cierto es que no hay prueba que acredite que dicha jurisdicción haya aceptado a este como compareciente.

En consecuencia, no se cumplió el presupuesto subjetivo para la configuración de un conflicto de competencia entre jurisdicciones.

La Corte decide declararse inhibida para fallar y resuelve remitir el expediente al Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por el Juzgado
  2. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5173 al Juzgado
  4. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
  5. TERCERO. PREVENIR al Juzgado
  6. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para que, en lo sucesivo, tenga en cuenta la jurisprudencia de la Corte Constitucional de cara a la configuración de un conflicto de competencia entre jurisdicciones y, en el mismo sentido, se abstenga de demorar la remisión expedientes a esta corporación.
  7. CUARTO. COMPULSAR COPIAS con destino a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que investigue la tardanza, en más de tres años, por parte del Juzgado
  8. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para remitir el expediente a la Corte Constitucional.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.