A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant De Oficio Procesado Cifuentes Muñoz Brayan Hernan, Ortiz Restrepo Jhoan Felipe Y Otros·Respondent Cifuentes Muñoz Brayan Hernan, Ortiz Restrepo Jhoan Felipe Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Santiago de Cali y el Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar.
La controversia versa sobre el conocimiento del proceso penal adelantando, entre otros, en contra de dos patrulleros de la Policía Nacional, por presuntamente haber incurrido en los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho propio, concusión y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones la Corte concluyó que el precitado proceso lo debe conocer la jurisdicción ordinaria en su especialidad penal.
Lo anterior, por cuanto no se cumple con el elemento funcional del fuero penal militar, según el cual debe estar plenamente demostrado el vínculo directo del delito con el servicio.
La regla de decisión aplicada establece que, para que un asunto sea de conocimiento de la justicia penal militar y policial es necesario que la acción u omisión: (i) sea cometida por un miembro de la Fuerza Pública cuando este se encontraba en servicio activo y (ii) esté relacionada de forma directa, próxima y evidente con las facultades asignadas por la Constitución y la ley a las fuerzas militares o policiales, esto es, vinculadas directamente con la función propia o la misión de la institución.
Por ello, “[c]uando los miembros de la fuerza pública sean investigados por la presunta comisión de conductas ilícitas, y se advierta que tales conductas habrían sido realizadas en desarrollo de actividades totalmente desarticuladas de sus funciones y tareas misionales e institucionales, el proceso penal será de conocimiento de la jurisdicción ordinaria”.
En estos casos, “al no existir una relación próxima y directa entre el hecho punible y el servicio, no se configura el elemento funcional y, con ello, no hay lugar a que opere el fuero penal militar”.
Con base en lo anterior, se ordenó remitir el expediente al Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Santiago de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e intervinientes dentro del proceso.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado de Santiago de Cali y el Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción ordinaria, representada por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado de Santiago de Cali, es la autoridad competente para conocer del proceso penal número 760016000000202100247 que se adelanta en contra de los agente de la Policía Nacional Brayan Hernán Cifuentes Muñoz y Jhoan Felipe Ortiz Restrepo.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1796 al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Especializado de Santiago de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar y a los sujetos procesales e intervinientes dentro del proceso.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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