A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant Ospina Martinez Sandra Maribel·Respondent Patrimonio Autonomo De Remanentes Iss Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La causa que origina la controversia consiste en una demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana, en contra del Patrimonio Autónomo de Remanentes del Instituto de Seguros Sociales, como entidad encargada de realizar el pago de las obligaciones contingentes y remanentes del Instituto de Seguros Sociales EICE, ya liquidado y actualmente administrado por FIDUAGRARIA S.A., de la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, y de las sociedades SERVIOLA S.A., ACTIVOS S.A. y COLTEMPORA S.A., con las pretensiones, entre otras, de declarar la existencia de un contrato a término indefinido entre las partes y como consecuencia de ello, que le sean pagadas las diferencias salariales y las prestaciones sociales legales y extralegales a que tiene derecho.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena refiere como precedentes los Autos 1652 de 2023, 147 de 2024 y 149 de 2024, los cuales reiteraron la regla de decisión del Auto 492 de 2021, así que resuelve que, de conformidad con la cláusula general de competencia del artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos estatales de prestación de servicios, independientemente de la concurrencia de otros tipos de modalidades de vinculación.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Medellín para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por la señora Sandra Maribel Ospina Martínez.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4983 al Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito de Medellín para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellín.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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