A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Leon Avendaño Pedro Pablo·Respondent Ministerio Del Trabajo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre la Sección Segunda del Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia se origina por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, presentada por un ciudadano, en contra del Ministerio del Trabajo, mediante la cual solicita que se declare la nulidad de la Resolución del Ministerio del Trabajo, a través de la cual autorizó a la empresa Transmasivo S.A., a despedir a un grupo de trabajadores, con fuero ocupacional, dentro de los cuales se encontraba el demandante; declarar que la terminación del contrato es ineficaz y se condene a la demandada a pagar los salarios y prestaciones dejadas de percibir.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Auto 600 de 2022 en el que la Corte concluyó que las decisiones que adoptan los inspectores de trabajo sobre las solicitudes de autorización para la terminación de contratos laborales respecto de los trabajadores que estén en condición de discapacidad, son competencia del juez de conocimiento, dependiendo la vinculación laboral del trabajador, en aplicación de lo dispuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia C-200 de 2029 y la cláusula residual de competencia prevista en el artículo 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.1 del CPTSS, regla reiterada en Auto 2654 de 2023 pero en el que especificó que la jurisdicción ordinaria laboral es la competente siempre que el despido con presunción de justa causa verse sobre la vinculación laboral de un trabajador privado.
Concluye entonces que, las controversias judiciales que se susciten por autorizaciones que otorguen los inspectores de trabajo sobre la terminación de contratos laborales de trabajadores privados que presuntamente estén en condición de fuero de salud o discapacidad, son competencia del juez ordinario laboral.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión a la Sección Segunda del Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá conocer del proceso judicial promovido por Pedro Pablo León Avendaño en contra del Ministerio del Trabajo.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5257 al Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión a la Sección Segunda del Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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