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Order (Auto)May 29, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Vivian Maricel Quiñones Guagua Ao De Lucia Albina Guerrero Guagua·Respondent Emssanar E.P.S Y Otro

✓
Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Penal Municipal de Tumaco y el Juzgado 1 Civil del Circuito de la misma ciudad.

Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente en la medida en que la primera autoridad determinó que no era competente para conocer la solicitud de amparo deprecada, con base en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021.

En su criterio, correspondía a los jueces del Circuito de Tumaco conocer las acciones de tutela formuladas en contra de entidades del orden nacional.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 1 Penal Municipal de Tumaco para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.

Se hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de apartarse del conocimiento de una acción de tutela con fundamento en las reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Al otro operador jurídico involucrado se le advirtió que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia constitucional.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 7 de mayo del 2025 proferido por el Juzgado 001 Penal Municipal de Tumaco, dentro de la acción de tutela proferida por la señora Vivian Maricel Quiñones Guagua, en calidad de agente oficiosa de su madre Lucía Albina Guerrero Guagua en contra de Emssanar EPS y el Instituto Cancerológico de Bogotá.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-5011 al Juzgado 001 Penal Municipal de Tumaco para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.
  3. Tercero. ADVERTIR al Juzgado 001 Penal Municipal de Tumaco, para que, en lo sucesivo, se abstenga de apartarse del conocimiento de una acción de tutela con fundamento en las reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. ADVERTIR al Juzgado 001 Civil del Circuito de Tumaco, para que, en lo sucesivo, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la Jurisprudencia de la Corte Constitucional.
  5. Quinto. Por la Secretaría General de esta Corte COMUNICAR la presente decisión a la accionante y al Juzgado 001 Civil del Circuito de Tumaco.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.