A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Eduin Furnieles Rivera Ao De Glosy Echeverry Valenzuela·Respondent Fiduprevisora Sa Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Promiscuo Municipal de San Pedro de Urabá (Antioquia) y el Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Turbo (Antioquia).
Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho consideró que no era la autoridad que debía adelantar el trámite de la acción de tutela, con fundamento en las reglas de reparto previstas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, sin alegar ni demostrar que se incumpliera alguno de los factores de competencia previstos en el Decreto 2591 de 1991 y desarrollados por la jurisprudencia constitucional.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado 1 Promiscuo Municipal de San Pedro de Urabá para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, so pena de dar inicio a las medidas disciplinarias del caso.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 29 de abril de 2025 proferido por el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de San Pedro de Urabá, Antioquia, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Eduin Furnieles Rivera.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5007 al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de San Pedro de Urabá, Antioquia, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por el señor Eduin Furnieles Rivera en contra en contra de la Fiduprevisora S.A. y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG).
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de San Pedro de Urabá, Antioquia, que se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, so pena de dar inicio a las medidas disciplinarias del caso.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a las autoridades involucradas.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.