A- de 2018
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Karyna Irlen Cano Arboleda·Respondent Secretaria De Transito Y Transporte De Chinchina
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Tercero Civil Municipal de Cartago y el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Chinchiná.
La controversia se generó porque los despachos involucrados se abstuvieron de conocer la acción de tutela argumentando su falta de competencia, con sustento en las reglas administrativas de reparto y en razón del factor territorial.
Considera la Corte que quien debe resolver la solicitud de amparo es aquella a quien se repartió en primer término la misma, esto es, el Juzgado Tercero Civil Municipal de Cartago, el que además coincide con el lugar en donde se producen los efectos de la presunta vulneración de derechos alegada y el escogido por el actor.
Se ordena remitir el expediente a la precitada autoridad, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo que corresponda.
La Sala Plena hace una serie de advertencias a los dos despachos judiciales involucrados, relacionadas con las normas previstas por la Corporación en torno a la resolución de conflictos de competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 13 de septiembre de 2018 proferido por el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Cartago, dentro de la accion de tutela formulada por Karyna Irlen Cano Arboleda en contra de la Secretaria de Transito y Transporte de Chinchina (Caldas).
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Cartago, el expediente ICC-3484 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo en la accion de tutela presentada por Karyna Irlen Cano Arboleda en contra de la Secretaria 0de Transito y Transporte de Chinchina (Caldas).
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Cartago que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- CUARTO. ADVERTIR al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Chinchina que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
- QUINTO. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la accionante y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Chinchina.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.