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Order (Auto)June 3, 2026

A-749 de 2026

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Sin información

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. RECHAZAR la solicitud de modulaci�n de los resolutivos
  2. segundo. y
  3. tercero. de la Sentencia SU-432 de 2025, presentada por la apoderada especial del presidente Gustavo Francisco Petro Urrego.
  4. Segundo. A trav�s de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, REMITIR la solicitud formulada por la apoderada especial del presidente Gustavo Francisco Petro Urrego a la Secci�n Segunda, Subsecci�n A, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado .
  5. Tercero. ADVERTIR a la solicitante que contra esta providencia no proceden recursos. Comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Se retoma la s�ntesis presentada en la decisi�n. El texto completo de la Sentencia SU-432 de 2025 puede consultarse en el siguiente enlace: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2025/SU432-25.htm [2] Esta expresi�n estuvo incorporada en la frase que se transcribe a continuaci�n que, a su vez, hizo parte del discurso que ofreci� el presidente de la Rep�blica en el acto de posesi�n de la actual defensora del pueblo, el pasado 30 de agosto de 20204: �[�] las periodistas del poder, las mu�ecas de la mafia, construyeron la tesis del terrorismo en la protesta y la criminalizaci�n del derecho genuino a protestar y a decir �basta! [�]�. [3] El 25 de mayo de 2026, a la ventanilla de recepci�n de la Corte Constitucional se alleg� el poder especial otorgado a la abogada Carolina Jim�nez Bellicia para que representara al presidente de la Rep�blica �dentro del presente medio de control�, correspondiente a la acci�n de tutela presentada por �Germ�n Calder�n Espa�a�, cuyo n�mero de expediente es el 11001031500020240482500 y fue una de las demandas que dieron origen al proceso de tutela revisado por la Corte mediante la Sentencia SU-432 de 2025. [4] Para esta secci�n se toma en consideraci�n el an�lisis realizado en el Auto A-787 de 2024, f.j. 9-14. [5] Corte Constitucional, Auto 1440 de 2022. [6] Corte Constitucional, autos 001 de 2021 y 3022 de 2023. [7] Corte Constitucional, autos 615A de 2019, 020 de 2016, 235 de 2016, 032 de 2011 y 275 de 2011, entre otros. [8] Para la determinaci�n del grado de cumplimiento, el juez de tutela �debe examinar si el responsable ha (i) desempe�ado una gesti�n diligente y (ii) desarrollado todas las actividades, id�neas y necesarias, dentro de sus competencias constitucionales, f�cticas y jur�dicas, para alcanzar el cumplimiento del fallo� (Auto 3022 de 2023) o aplicar una metodolog�a por niveles para su evaluaci�n (Auto 185 de 2004). Esta �ltima metodolog�a resulta especialmente �til en casos de sentencias estructurales. con una metodolog�a por niveles para su evaluaci�n Cfr. Auto 185 de 2004, f.j. 8. [9] Estas consideraciones y el cuadro descriptivo fueron tomados del Auto 001 de 2021. Reiterado, entre otros, por el Auto 787 de 2024. [10] Sentencia T-086 de 2003. [11] Sentencia T-086 de 2003 y Auto 727 de 2018 . [12] Ibid. [13] Ibid. [14] Cfr. Autos 032 de 2011, 001 de 2021 y 269 de 2021. [15] Cfr. Corte Constitucional, autos 662 de 2023, 308 de 2024 y 110 de 2026. [16] Cfr. Corte Constitucional, Auto 528 de 2015. [17] Cfr. Corte Constitucional, Auto 033 de 2016. [18] Cfr. Corte Constitucional, autos 358 de 2014, 033 de 2016, 1817 de 2022, 601 de 2025 y 109 de 2026.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04

How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.