JurídicoESEN
Order (Auto)April 18, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Hospital San Juan Bautista Ese De Chaparral Tolima·Respondent Departamento De Arauca Y Otro

✓
Topic · hard data
Ejecución De Facturas Originadas En La Prestación De Servicios De Salud-Incertidumbre En La Relación Contractual Entre Las Partes.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de obligaciones derivadas de facturas originadas en la prestación de servicios de salud
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Civil Municipal de Chaparral, Tolima y el Juzgado Sexto Administrativo Oral de Ibagué.

La causa que origina la controversia consiste en demanda ejecutiva singular de mínima cuantía presentada por el Hospital San Juan Bautista ESE de Chaparral, Tolima, con el propósito de que el juez dicte mandamiento de pago en contra de la Gobernación de Arauca – Unidad Especial de Arauca, del valor contenido en factura de venta, en conceptos referidos en escrito de demanda, originada en la prestación de Servicios Médicos de Atención Inicial de urgencias y Urgencias Vitales suministrados a Población Pobre No Asegurada, o vinculados al Sistema General de Seguridad Social en Salud y los intereses moratorios correspondientes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, de conformidad con lo resuelto en los autos 788 de 2021 y 177 de 2023 manifiesta que, siguiendo la cláusula general de competencia otorgada por el artículo 2.5 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de obligaciones derivadas de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud, que no se enmarque en ninguno de los presupuestos del artículo 104.6 del CPACA.

Particularmente, cuando no se constate la existencia de una relación contractual entre las partes.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente a la oficina de reparto de Chaparral, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Sexto Administrativo Oral de Ibagué y al Juzgado Segundo Civil Municipal de Chaparral, Tolima, así como a los sujetos procesales interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Civil Municipal de Chaparral, Tolima y el Juzgado
  3. Sexto. Administrativo Oral de Ibagué, en el sentido de DECLARAR que corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral conocer de la demanda interpuesta por el Hospital San Juan Bautista ESE en contra de la Gobernación de Arauca - Unidad Especial de Arauca.
  4. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5222 la oficina de reparto de Chaparral, Tolima, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  5. Sexto. Administrativo Oral de Ibagué y al Juzgado
  6. Segundo. Civil Municipal de Chaparral, Tolima, así como a los sujetos procesales interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.