A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Respondent Palma Martinez Manuel Antonio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por Colpensiones en contra de la resolución por medio de la cual la entidad reconoció y ordenó el pago de una pensión de vejez a favor de un ciudadano.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró el Auto 316 de 2021, señalando que, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos.
Con fundamento en lo anterior, la Corte declaró que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer sobre la demanda analizada y, en consecuencia, remitió el expediente al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (24 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto de competencia entre jurisdicciones y en consecuencia, DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Séptimo. Administrativo del Circuito de Barranquilla conocer de la demanda presentada por COLPENSIONES, respecto del acto administrativo que reconoció una pensión de vejez a favor del señor Manuel Antonio Palma Sierra.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2877 al Juzgado
- Séptimo. Administrativo del Circuito de Barranquilla para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Catorce Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
- Comuníquese, notifíquese y cúmplase,
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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