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Order (Auto)April 18, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Clinica La Victoria Sa·Respondent Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Derivada De Una Factura De Venta Por La Prestación De Servicios De Salud Del Sistema De Seguridad Social Integral-Incertidumbre En La Relación Contractual Entre Las Partes
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Reclamaciones por servicios hospitalarios prestados a pacientes bajo subcuenta del seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito-ECAT
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera – Subsección C y el Juzgado 33 Laboral del Circuito de Bogotá.

La controversia que se plantea entre los Despachos consiste en demanda ejecutiva presentada por la Clínica la Victoria S.A.S., en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), con la que se pretende que se libre mandamiento ejecutivo, por concepto de prestación de servicios de salud a víctimas de accidente de tránsito no asegurados, a cargo de la ADRES en suma y conceptos referidos en escrito de demanda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la controversia se ajusta a la subregla fijada en el Auto 861 de 2021, según la cual, la competencia judicial para conocer asuntos relacionados con el pago de reclamaciones judiciales al Estado por servicios prestados a pacientes que entran en la Subcuenta del Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito -ECAT- recae en los jueces contencioso-administrativos, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una entidad del SGSSS un acto administrativo proferido por la ADRES.

Este tipo de controversias no corresponden a las previstas en el numeral 4º del artículo 2 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, en la medida en que no se relacionan, en estricto sentido, con la prestación de los servicios de la seguridad social.

En cambio, se trata de litigios relativos a la financiación de servicios ya prestados, que no implican a afiliados, beneficiarios o usuarios ni a empleadores; regla que, mediante Auto 1277 de 2023 la Corte estableció que es aplicable también a procesos ejecutivos.

La Corte dispone el envío del expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera Subsección C para que continúe con el trámite del proceso, y para que comunique la presente decisión al Juzgado 33 Laboral del Circuito de Bogotá y a los demás interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Tercera Subsección C, y el Juzgado 33 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Tercera Subsección C, que debe reasumir la competencia del referido proceso.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4605 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Tercera Subsección C para que continúe con el trámite del proceso, y para que comunique la presente decisión al Juzgado 33 Laboral del Circuito de Bogotá y a los demás interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.