A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Ucis De Colombia Sas·Respondent Instituto Departamental De Salud De Norte De Santander
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Asuntos en los que se reclama el pago de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 006 Civil del Circuito de Cúcuta y el Juzgado 014 Administrativo Oral de la misma ciudad, suscitado por una demanda ejecutiva presentada por UCIS de Colombia S.A.S., en contra del Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander, en la que solicita que se libre mandamiento de pago por valores contenidos en facturas y originados en la prestación del servicio de salud de urgencias de cuidado intensivo en la ciudad de Cúcuta en la E.S.E.
Hospital Universitario Erasmo Meoz, a la población pobre no asegurada.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena concluye que la Jurisdicción competente para conocer del asunto es la Ordinaria Laboral.
Ello, por cuanto los títulos ejecutivos que se pretenden ejecutar no se encuentran enmarcados en ninguna de las hipótesis señaladas en el artículo 104.6 del CPACA.
Por un lado, las facturas base de ejecución no fueron emitidas bajo la existencia de una relación contractual con el Estado, sino como consecuencia de los servicios de salud de alta complejidad brindados a población pobre no asegurada y población migrante, de conformidad con el mandato legal previsto en el parágrafo primero del artículo 20 de la Ley 1122/07.
Por otro lado, el demandante sostuvo que el demandado no tuvo ánimo conciliatorio.
En ese sentido, respecto de las glosas presentadas a las facturas no se logró ninguna conciliación que fuera aprobada por la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Se reitera lo dispuesto en Autos 788/21 y 1410/24.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia suscitado entre jurisdicciones, por la remisión hecha por el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Cúcuta, entre el Juzgado 006 Civil del Circuito de Cúcuta y el Juzgado 014 Administrativo Oral de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Cúcuta es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva promovida por la sociedad UCIS de Colombia S.A.S. en contra del Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6443 al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Cúcuta para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 006 Civil del Circuito de Cúcuta, al Juzgado 014 Administrativo Oral de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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