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Order (Auto)April 10, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Centro Medico Imbanaco De Cali Sa·Respondent Departamento Del Valle Del Cauca

✓
Topic · hard data
Controversia Sobre Devoluciones Efectuadas A Facturas Generadas Por Prestación De Servicios De Salud-Conflicto Entre Entidades Pertenecientes Al Sistema General De Seguridad Social En Salud.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Superintendencia Nacional De Salud En Ejercicio De Sus Funciones Jurisdiccionales
  • Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones presentado entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Cali.

La controversia se causa por demanda, en uso de la la acción consagrada en el artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, adicionado por el artículo 126 de la Ley 1438 de 2011 instaurada por el Centro Médico Imbanaco de Cali S.A., contra la Gobernación del Valle – Secretaría de salud departamental y Asmet Salud EPS, con el propósito de que la Superintendencia Nacional de Salud dirima el conflicto de glosas y/o devoluciones suscitado entre las entidades, ordenando el pago de valores representados en las facturas relacionadas en el estado de cuenta y actas de levantamiento de objeciones, y referidos en escrito de demanda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la situación que dio inicio a la demanda surgió entre entidades que pertenecen al SGSSS, a saber, tanto la demandante como las demandadas están reconocidas en alguna de las categorías de integrantes del SGSSS, descritas en el artículo 155 de la Ley 100 de 1993; la situación fáctica de la demanda no se relaciona con una problemática sobre la seguridad social de un empleado público, por lo que considera que la regla de decisión aplicable es la del Auto 2032 de 2023 que establece que de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f del artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.

Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente a la Superintendencia Nacional de Salud para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Cali, y DECLARAR que la Superintendencia Nacional de Salud es la autoridad competente para conocer la demanda formulada por el Centro Médico Imbanaco de Cali S.A. contra la Gobernación del Valle - Secretaría de salud departamental y Asmet Salud EPS.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5233 a la Superintendencia Nacional de Salud para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.