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Order (Auto)May 13, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Comfacundi Eps En Liquidacion·Respondent Soluciones Farmaceuticas Lg Sas

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Originada En Acto Administrativo Emitido Por Agente Liquidador Relacionado Con La Prestación De Servicios De Seguridad Social.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Demandas ejecutivas de actos administrativos expedidos por agentes liquidadores, relacionadas con la prestación de servicios de seguridad social
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 006 Municipal Laboral de Pequeñas Causas de Bogotá y el Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Bogotá, suscitado por una demanda ejecutiva presentada por el agente especial liquidador del Programa Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado de Comfacundi EPS - en liquidación -, en contra de Soluciones Farmacéuticas LG SAS, con la que pretende que se libre mandamiento ejecutivo de pago por un valor por concepto de anticipo para el pago de un medicamento, reconocido en una resolución.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que se trata de una controversia relacionada con la ejecución de obligaciones derivadas de la prestación de servicios de seguridad social, asunto que de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 2 del CPTSS es propio de la jurisdicción ordinaria, pues no se enmarca en lo previsto en el numeral 6 del artículo 104 del CPACA que asigna la competencia de procesos ejecutivos a la jurisdicción contencioso administrativa.

Se reitera la regla de decisión del Auto 883/21, según la cual, la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad laboral, es competente para conocer demandas ejecutivas en contra de particulares o instituciones prestadoras de salud, en las que se pretenda la legalización o devolución de anticipos entregados por la empresa prestadora de salud contratante, en virtud de lo dispuesto en el numeral 5 del Artículo 2 del CPTSS y por tratarse de procesos ejecutivos no contemplados en el numeral 6 del Artículo 104 del CPACA.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado 006 Municipal Laboral de Pequeñas Causas de Bogotá y el Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Bogotá y DECLARAR que corresponde a la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de la demanda ejecutiva presentada por el señor Víctor Julio Berrios Hortúa, en calidad de agente especial liquidador del Programa Entidad Promotora de Salud del Régimen Subsidiado de la Caja de Compensación Familiar de Cundinamarca, Comfacundi EPS - en liquidación, en contra de Soluciones Farmacéuticas LG SAS.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6492 al Juzgado 006 Municipal Laboral de Pequeñas Causas de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Bogotá y a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.