JurídicoESEN
Order (Auto)April 3, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Bogota Dc Secretaria De Educacion·Respondent Acosta Oyuela Maria Elvira

✓
Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Conocimiento De Procesos Ejecutivos En Los Que Se Pretende El Pago De Obligaciones Emanadas De Actos Administrativos Sancionatorios
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conocimiento de procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de obligaciones emanadas de actos administrativos sancionatorios
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Once Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá y el Juzgado Segundo Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad.

La controversia se presenta entre los despachos por demanda ejecutiva iniciada por la Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá, contra una ciudadana, con el fin de que se libre mandamiento de pago a favor de la demandante por la suma referida en escrito de demanda, originada por una multa impuesta a la accionada como consecuencia de una sanción disciplinaria proferida por la Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye, en atención a lo dispuesto en Auto 022 de 2022 que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de la demanda ejecutiva presentada por la Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá contra una ciudadana.

En efecto, se evidencia que la demandante promovió el proceso ejecutivo con el propósito de obtener el pago de una suma de dinero por concepto de la sanción de multa que le impuso a la accionada en el marco de un proceso disciplinario.

En esos términos, se advierte que dicha pretensión no se enmarca en los presupuestos contenidos en el artículo 104.6 del CPACA en torno a los trámites ejecutivos que conoce la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Por lo tanto, el presente asunto se rige por los artículos 15 y 422 del CGP y opera la regla general de competencia prevista en el artículo 12 de la Ley 270 de 1996.

En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente a la oficina de reparto de Bogotá para que asigne el caso a los jueces civiles municipales de Bogotá conforme a lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado Once Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá y el Juzgado Segundo Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad, y a los demás sujetos procesales e interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Segundo. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá, y el Juzgado Once Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda ejecutiva promovida por la Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá a través de apoderado judicial contra la señora María Elvira Acosta Oyuela, corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5180 a la oficina de reparto de Bogotá para que asigne el caso a los jueces civiles municipales de Bogotá conforme a lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado Once Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá y el Juzgado
  4. Segundo. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad, y a los demás sujetos procesales e interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

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