A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Miryam Ramos Bonilla
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No asumir el conocimiento de las solicitudes de apertura de incidente de desacato
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitud de apertura de incidente de desacato por presunto incumplimiento de las órdenes proferidas en la Sentencia T-710/15.
La accionante le pidió a la Corporación ordenar a la entidad accionada (CASUR) dar total cumplimiento al fallo de la referencia, en el sentido de no excluirla de la nómina de pensionados.
Para fundamentar su requerimiento indicó que ha acudido en más tres oportunidades al juzgado de instancia, sin recibir pronunciamiento alguno.
Procurando determinar cuál es el interés de la memorialista y a qué autoridad debía dirigirse su pretensión, se presentaron diferencias de las figuras de incumplimiento y desacato de las acciones de tutela y se analizaron las condiciones de vulnerabilidad de la accionante.
Con base en lo anterior la Sala Segunda de Revisión resolvió NO ACCEDER a la solicitud de iniciar un incidente de desacato, ni a la de declarar el incumplimiento del fallo mencionado.
Se le advirtió a la tutelante que la autoridad competente para conocer el pretendido incidente le corresponde al Juzgado 16 Laboral del Circuito de Cali.
A CASUR se le advirtió que, mientras no se modifique el estado de pérdida de capacidad laboral y la invalidez de la actora, evidenciada en la sentencia de tutela, no puede suspenderle los pagos mientras tramita la actualización de un nuevo dictamen de medicina laboral, si es que así lo estima necesario.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. NO ACCEDER a la solicitud de iniciar un incidente de desacato de la Sentencia T-710 de 2015, ni a la de declarar el incumplimiento de la sentencia citada.
- SEGUNDO. INFORMAR a la senora Miryam Ramos Bonilla que la autoridad competente para conocer del incidente de desacato de la Sentencia T-710 de 2015 es el Juzgado 16 Laboral del Circuito de Cali.
- TERCERO. ADVERTIR a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policia Nacional - CASUR que mientras no se modifique el estado de perdida de capacidad laboral y la invalidez de Miryam Ramos Bonilla, evidenciada en la sentencia de tutela, no puede suspenderle los pagos mientras tramita la actualizacion de un nuevo dictamen de medicina laboral, si es que CASUR lo estima necesario, de acuerdo con las razones expuestas en esta providencia.
- CUARTO. Disponer que por Secretaria de la Corte Constitucional se remita copia de esta providencia y de la actuacion correspondiente, al Juzgado 16 Laboral del Circuito de Cali y a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policia Nacional - CASUR.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.