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Order (Auto)April 3, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Cormagdalena·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones

✓
Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa-Nulidad De Actos Administrativos Sobre Cobro De Aportes Patronales A Pensión
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Nulidad de actos administrativos sobre cobro de aportes patronales a pensión
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Cuarta y el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia que se presenta entre los Despachos, es causada por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones, con la cual pretende que se declare nulo el acto administrativo Liquidación Certificada de Deuda, que determinó unas acreencias a su cargo por concepto de deudas presuntas por omisión y diferencia en los pagos, además de que se declare que CORMAGDALENA no puede reconocer las sumas determinadas en la certificación de deuda expedida por Colpensiones.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, en concordancia con la regla de decisión fijada en el Auto 1652 de 2022 dirime el presente conflicto declarando igualmente que, en los eventos en los que se acuda ante la jurisdicción para i) solicitar la nulidad de actos administrativos, ii) proferidos por una entidad administradora del Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, iii) que tengan por objeto ordenar al empleador el cobro de aportes patronales a pensión, será la jurisdicción de lo contencioso administrativo, la competente para conocer del asunto, en virtud de los artículos 104, 138 y 155 de la Ley 1437 de 2011.

Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Cuarta, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bogotá, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Cuarta, y el Juzgado
  2. Séptimo. Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho ejercido por la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena - CORMAGDALENA contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5093 al Juzgado Treinta y Nueve Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Cuarta, para lo de su competencia y para que COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado
  4. Séptimo. Laboral del Circuito de Bogotá, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.