JurídicoESEN
Order (Auto)April 3, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Guerrero Ospino Fermina·Respondent Ministerio De Industria Comercio Y Turismo

✓
Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral-Conflictos Que Se Originen En El Contrato De Trabajo De Trabajador Oficial
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo de trabajador oficial
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Cartagena y el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Cartagena.

La controversia entre los Despachos surge por demanda ordinaria laboral interpuesta por una ciudadana, en calidad de cónyuge supérstite, en contra de la Nación – el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la cual solicita que: (i) se declare que entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y su cónyuge existe y está vigente un contrato laboral; y (ii) se reconozca y pague a favor de la demandante las prestaciones sociales del contrato de trabajo a término indefinido, como la indexación de las sumas adeudadas, los intereses, la indemnización por despido sin justa causa y demás emolumentos dejados de percibir.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye, de las pruebas aportadas, que el causante prestó sus servicios a la Nación – Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en calidad de trabajador oficial, luego es evidente que se está ante la hipótesis contemplada en el numeral 4 del artículo 105 del CPACA que excluye el conocimiento de la controversia por parte de la jurisdicción de lo contencioso administrativo y, por tanto, ha de aplicarse la competencia residual de la jurisdicción ordinaria, cuya especialidad laboral se encarga, justamente, de instruir y decidir los conflictos derivados del contrato de trabajo, como el suscrito entre el cónyuge de la demandante y la entidad demandada.

La Sala Plena aplica la regla de decisión del auto 448 de 2021 y reitera, en consecuencia, que la demanda promovida por un trabajador oficial para perseguir el reconocimiento y pago de prestaciones laborales que han sido causadas en virtud del contrato de trabajo que ha celebrado con el Estado, debe ser conocida y decidida por la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral.

Por ello, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Cartagena para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Once Administrativo del Circuito de Cartagena y a los sujetos procesales interesados en este trámite.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Cartagena y el Juzgado
  2. Octavo. Laboral del Circuito de Cartagena, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Octavo. Laboral del Circuito de Cartagena es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la señora Fermina Guerrero Ospino en contra de la Nación - Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
  4. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5067 al Juzgado
  5. Octavo. Laboral del Circuito de Cartagena para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Once Administrativo del Circuito de Cartagena y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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No decision cites it yet.

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