A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero
✓Claimant Acosta Caicedo Sonia Alejandra·Respondent Fondo De Adaptacion-Comfenalco Valle
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias relacionadas con un contrato en el que sea parte una entidad pública
- Alcance para alterar la competencia de la jurisdicción ordinaria
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 002 Administrativo de Pasto y el Juzgado Promiscuo Municipal de Funes, Nariño, suscitado por el medio de control de controversias contractuales presentado por una ciudadana, en contra del Fondo de Adaptación y de la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca Comfenalco Valle Delagente-, para que se declare el incumplimiento por parte de las demandadas, de un contrato de compraventa de un lote, suscrito entre la demandante y Comfenalco y, se les condene al pago surgido por el incumplimiento.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la demanda incluye, dentro del extremo pasivo, a entidades de naturaleza pública y privada, en virtud de los mismos hechos; hay un contrato suscrito con la demandante, en el que se estableció que las obligaciones serían pagadas con fondos directamente del Fondo de Adaptación; fundamentos fácticos y jurídicos planteados en la demanda para imputarle responsabilidad a la entidad pública, por lo que la Sala encuentra que existe una probabilidad “mínimamente seria” sobre la responsabilidad de ésta en el presunto incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo de la parte demandada, y se concluye que los dos sujetos, eventualmente, contribuyeron con su conducta a generar el resultado, y esta es la concausa eficiente del daño que se reclama o fundamenta la responsabilidad solidaria.
La Corte encuentra acreditado el fuero de atracción y, en consecuencia, dable reiterar la regla decisión del Auto 647/21 para asignar la competencia a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Administrativo de Pasto y el Juzgado Promiscuo Municipal de Funes, Nariño, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Administrativo de Pasto es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la señora Sonia Alejandra Acosta Caicedo en contra del Fondo Adaptación y la Caja de Compensación Familiar del Valle de Cauca Comfenalco Valle Delagente.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6351 al Juzgado 002 Administrativo de Pasto, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado Promiscuo Municipal de Funes, Nariño.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.