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Order (Auto)May 13, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Ceng Multisuministros·Respondent Centro De Salud Ancuya Ese

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Con Base En Título Valor Derivado De Contrato Estatal Y Endosado A Terceros.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Controversias relacionadas con ejecución de títulos valores con origen en entidad estatal endosados a un tercero
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Ancuya -Nariño- y el Juzgado 009 Administrativo del Circuito de Pasto, suscitado por una demanda ejecutiva singular de mínima cuantía instaurada por el establecimiento de comercio CENG MULTISUMINISTROS, en contra del Centro de Salud de Ancuya E.S.E., con la pretensión de “que se libre mandamiento de pago a favor de la demandante por una suma de dinero contenida en facturas originadas en el suministro de medicamentos e insumos médicos.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena no advierte la existencia de un contrato estatal que sustente el origen de las 40 facturas de venta, mediante las cuales la entidad ejecutante afirma, se remitieron insumos y medicamentos al Centro de Salud de Ancuya E.S.E., ni la mención de la misma en escrito de demanda.

Por consiguiente, siguiendo los parámetros del Auto 1027 de 2021,la Corte reitera la regla de decisión fijada, según la cual: en virtud del artículo 15 del CGP y las disposiciones 627 y 784 (numeral 12) del Código de Comercio, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, será competente de conocer los procesos ejecutivos basados en títulos valores que no se deriven de un contrato estatal, o si existiendo tal relación, el litigio involucra un tercero al cual se le endosó o transfirió el título.

En razón a los argumentos presentados, la Corte ordenará remitir el expediente al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Ancuya –Nariño, para lo de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Ancuya -Nariño- y el Juzgado 009 Administrativo del Circuito de Pasto, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Ancuya -Nariño-.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6344 al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Ancuya -Nariño-, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 009 Administrativo del Circuito de Pasto.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.