A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones ente el Juzgado 15 Administrativo del Circuito de Bogotá D.C. y el Juzgado 1 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en un proceso ejecutivo laboral que inició un ciudadano en contra del Distrito Capital/Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, con el objeto de que se libre mandamiento de pago por el valor reconocido en un acto administrativo proferido dentro del trámite de una reclamación administrativa laboral.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 509/22 mediante la cual se estableció que la la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, es competente para conocer los procesos ejecutivos en los que se reclama el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos.
Esto, por dos razones.
Primero, en virtud de la cláusula general de competencia de esta jurisdicción, prevista en los artículos 2 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 del Código Procesal del Trabajo, los jueces laborales son competentes para la ejecución de obligaciones emanadas de la relación de trabajo y del sistema de seguridad social integral.
Segundo, conforme al numeral 6º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011 la competencia de jurisdicción de lo contencioso administrativo se limita a aquellos que se deriven de: (i) condenas impuestas a la administración, (ii) conciliaciones aprobadas, (iii) laudos arbitrales y (iv) contratos celebrados con entidades estatales.
La ejecución de actos administrativos que reconozcan acreencias laborales no se enmarca en ninguno de tales supuestos.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado 1 Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 15 Administrativo del Circuito de Bogotá D.C. y el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Bogotá D.C., en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Bogotá D.C. es la autoridad competente para conocer del presente asunto.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-954 al Juzgado 1 Laboral del Circuito de Bogotá D.C. para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 15 Administrativo del Circuito de Bogotá D.C.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.