A- de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Faver Leandro Jimenez Marin·Respondent Gobernacion De Cundinamarca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Factor territorial
- Competencia a prevención
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cincuenta y Seis Civil Municipal de Oralidad de Bogotá y el Juzgado Segundo Civil Municipal de Chía.
El despacho judicial del Distrito Capital se abstuvo de resolver el amparo invocado, al considerar que el lugar donde ocurrió la presunta vulneración del derecho fundamental de petición fue en el municipio de Chía.
La Corte reitera que el factor territorial de competencia no sólo está determinado por el lugar en el que se presenta la violación o amenaza de la garantía constitucional, sino también donde se producen sus efectos.
De ahí, que es posible que en una determinada ocasión puedan existir múltiples autoridades competentes.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Cincuenta y Seis Civil Municipal de Oralidad de Bogotá, para que sin más dilaciones asuma de manera inmediata el conocimiento de la acción de tutela formulada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 19 de septiembre de 2017, por el Juzgado Cincuenta y Seis Civil Municipal de Oralidad de Bogotá D.C., mediante el cual se declaró incompetente para conocer la acción de tutela formulada por el ciudadano Faver Leandro Jiménez Marín contra la Gobernación de Cundinamarca y la Secretaría de Tránsito del municipio de Chía, Cundinamarca.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente de la referencia al Juzgado Cincuenta y Seis Civil Municipal de Oralidad de Bogotá D.C., a fin de que, sin más dilaciones, asuma de manera inmediata el conocimiento del amparo solicitado.
- TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Chía, Cundinamarca.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.