A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero
✓Claimant Uparela Navarro Carmen·Respondent Sintrasohop Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reclamaciones laborales derivadas de un contrato sindical
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 002 Promiscuo del Circuito de Sincé (Sucre) y el Juzgado 008 Administrativo Oral de Sincelejo (Sucre), suscitado por una demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana, en contra del Sindicato de Trabajadores Asociados de Hospitales (SINTRASOHOP) y la E.S.E.
Hospital Local Nuestra Señora del Socorro de Sincé, con el propósito de que se declare la existencia de una relación laboral con SINTRASOHOP, que se declare solidariamente responsable a la E.S.E.
Hospital Local Nuestra Señora del Socorro de Sincé, beneficiaria del servicio prestado; y se las condene solidariamente, al pago de las acreencias surgidas por dicha causa.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que la demandante no discute la existencia de un contrato realidad con la E.S.E., ni la calidad de servidora pública.
El hecho de que haya solicitado que se declare la responsabilidad solidaria de la E.S.E. no traslada por sí mismo la competencia a la JCA por existencia de una relación legal y reglamentaria con la entidad pública, para activar la competencia de dicha jurisdicción según el artículo 104 del CPACA.
La pretensión de solidaridad se soporta en el artículo 34 del CST, que parte del supuesto de que el empleador es un tercero distinto al beneficiario del servicio, que refuerza que la relación laboral cuya existencia se pretende declarar es con el sindicato y no con la E.S.E.
Conforme con la regla fijada en el auto 1176/22, el asunto corresponde a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Promiscuo del Circuito de Sincé (Sucre) y el Juzgado 008 Administrativo Oral de Sincelejo (Sucre), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Promiscuo del Circuito de Sincé (Sucre) es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por Carmen Uparela Navarro contra el Sindicato de Trabajadores Asociados de Hospitales y la E.S.E. Hospital Local Nuestra Señora del Socorro de Sincé.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6368 al Juzgado 002 Promiscuo del Circuito de Sincé (Sucre) para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 008 Administrativo Oral de Sincelejo (Sucre).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.