JurídicoESEN
Order (Auto)April 20, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant De Oficio Procesado Santana Chinchilla William Fernando Y Otros·Respondent Santana Chinchilla William Fernando Y Otros

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo-Una De Las Autoridades Judiciales No Se Ha Pronunciado Respecto De Su Competencia Para Conocer Proceso Penal.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicción suscitado por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá.

La controversia se originó en un proceso penal adelantado contra varios ciudadanos por la presunta comisión de los delitos de secuestro extorsivo y hurto calificado agravado.

Los defensores solicitaron la remisión del proceso a la Jurisdicción Penal Militar.

En concreto, indicaron que, para el momento de los hechos, dos de los procesados eran patrulleros de la Policía Nacional y realizaban tareas de vigilancia en un CAI.

La Sala Plena consideró que el asunto de la referencia no satisface el presupuesto subjetivo.

El Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá propuso directamente el conflicto de jurisdicción ante la Corte Constitucional.

Adelantó dicha actuación debido a la solicitud que presentaron los defensores, pese a que consideró que el asunto no debía conocerlo la jurisdicción penal militar.

Sin embargo, esta última no se pronunció respecto de su competencia para conocer el asunto objeto de controversia, por lo que no existe realmente una oposición entre la autoridad jurisdiccional ordinaria, en su especialidad penal, y la Justicia Penal Militar.

La Corte ha sostenido que, cuando no se está ante esa contradicción, es impropio concluir la presencia de un conflicto de jurisdicción o de competencia.

En mérito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional, se declaró inhibida y remitió el expediente al Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción suscitado por el Juzgado
  2. Séptimo. Penal del Circuito Especializado de Bogotá, por incumplirse el presupuesto subjetivo para su configuración.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1866 al Juzgado
  4. Séptimo. Penal del Circuito Especializado de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.