A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Duran Gutierrez Monica Alexandra, Otros·Respondent Subred Integrada De Servicios De Salud Centro Oriente Ese
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflictos de jurisdicciones suscitados entre i) el Juzgado 26 Administrativo de Bogotá D.C. y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de la misma ciudad; (ii) el Juzgado 48 Administrativo de Bogotá D.C., Sección Segunda, y el Juzgado 31 Laboral del Circuito de la misma ciudad y; (iii) la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Cesar y el Juzgado 7 Administrativo de la misma ciudad.
La controversia que se presenta en los Despachos citados y que se advierte en los expedientes que se acumulan, consiste en demandas de nulidad y restablecimiento del derecho instauradas por unos ciudadanos, en contra de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE, la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE. y la ESE Hospital Marino Zuleta Ramírez del municipio de La Paz, Cesar, con las cuales pretenden que se reconozca que entre las partes existió un contrato realidad y se ordene el pago, entre otras sumas, de las acreencias laborales y las indemnizaciones correspondientes, en valores referidos en escritos de demandas.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión del Auto 492 de 2021 y 901 de 2021, según la cual, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el i) el expediente CJU-5111 al Juzgado 26 Administrativo de Bogotá D.C.; y a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de la misma ciudad; ii) expediente CJU-5134 al Juzgado 48 Administrativo de Bogotá D.C., Sección Segunda, y al Juzgado 31 Laboral del Circuito de la misma ciudad; y iii) expediente CJU-5160 al Juzgado 7 Administrativo de Valledupar, Cesar, y a la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad para que procedan con lo de su competencia y comuniquen la presente decisión a los interesados
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. ACUMULAR los conflictos de jurisdicciones CJU- 5111, 5134 y 5160, por presentar unidad de materia.
- SEGUNDO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones CJU-5111 suscitado entre el Juzgado 26 Administrativo de Bogotá D.C. y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 26 Administrativo de Bogotá D.C. es el competente para conocer de la demanda promovida por la señora Mónica Alexandra Durán Gutiérrez contra la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE.
- TERCERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones CJU-5134 suscitado entre el Juzgado 48 Administrativo de Bogotá D.C., Sección Segunda, y el Juzgado 31 Laboral del Circuito de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 48 Administrativo de Bogotá D.C., Sección Segunda, es el competente para conocer de la demanda promovida por la señora Martha Liliana Villa Martínez contra la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE.
- CUARTO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones CJU-5160 suscitado entre la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Cesar y el Juzgado 7 Administrativo de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 7 Administrativo de Valledupar, Cesar es el competente para conocer la demanda promovida por el señor Yolkis Yobanis Rodríguez Ojeda contra la ESE Hospital Marino Zuleta Ramírez del municipio de La Paz, Cesar.
- QUINTO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General i) el expediente CJU-5111 al Juzgado 26 Administrativo de Bogotá D.C. para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de la misma ciudad; ii) expediente CJU-5134 al Juzgado 48 Administrativo de Bogotá D.C., Sección Segunda, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 31 Laboral del Circuito de la misma ciudad; y iii) expediente CJU-5160 al Juzgado 7 Administrativo de Valledupar, Cesar, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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