JurídicoESEN
Order (Auto)August 29, 2018

A- de 2018

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones En Asunto Penal-No Existen Dos Operadores Judiciales Que Reclamen O Rechacen El Conocimiento Del Proceso-Error Al Disponer La Impugnación De Competencia.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto Aparente De Jurisdiccion
  • Corte se inhibe y devuelve la actuación judicial al funcionario de conocimiento
Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Debe comprobarse que dos autoridades judiciales de jurisdicciones diferentes reclaman para sí o niegan ser competentes para asumir el conocimiento del asunto correspondiente
4 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Medellín y la Jurisdicción Especial para la Paz.

En el proceso penal que se adelantaba la defensa de los acusados manifestó en la audiencia de formulación de acusación que el precitado juzgado no era competente por jurisdicción, dado que el procesado era un miembro activo del Ejército Nacional, razón por la cual las actuaciones debían ser conocidas por la Jurisdicción Especial para la paz y no por la jurisdicción ordinaria.

Concluye la Sala que el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Medellín erró al dejar de tener en cuenta dos aspectos esenciales para resolver la presente problemática: 1º.

La norma procedimental invocada opera como mecanismo para resolver la impugnación de competencia, no el conflicto de jurisdicción y, 2º.

El conflicto es inexistente pues no se acreditó contención alguna entre autoridades judiciales.

Respecto al segundo aspecto advierte la Corte que el conflicto de jurisdicción concurriría sólo si simultáneamente la JEP y el juez del Circuito hubiesen reclamado para sí la competencia sobre el caso o se hubiesen declarado incompetentes para el efecto, circunstancia que no acaeció en este caso.

Se dispone el envío del expediente al mencionado despacho judicial de Medellín, para que continué con el trámite del proceso penal y hasta tanto se conforme el conflicto de jurisdicción bajo las condiciones antes planteadas.

Se precisa que, como ninguna autoridad ha cuestionado ni la competencia, ni la jurisdicción de dicha autoridad, conforme al principio de la perpetuatio jurisdictionis le corresponde a la misma seguir conociendo el proceso.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. Ante la falta de competencia para el efecto, INHIBIRSE de resolver el aparente conflicto de jurisdicción entre el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Medellín y la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
  3. Segundo. A través de la Secretaría General de la Corte, REMITIR el expediente CJU-00004 al Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Medellín, con el fin que continúe con el trámite del proceso penal surtido contra Rodrigo Andrés Londoño Blandón.
  5. Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR esta decisión a la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín y al acusado Rodrigo Andrés Londoño Blandón, este último en su lugar de reclusión. Asimismo, SOLICITAR a la señora Juez
  6. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Medellín que comunique el presente auto a los demás sujetos procesales dentro del trámite penal correspondiente.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.