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Order (Auto)March 20, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Mafre Seguros Generales De Colombia Sa·Respondent Fondo Financiero De Proyectos De Desarrollo Fonade

✓
Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Controversias Contractuales Y Extracontractuales Con Entidades Públicas Del Sector Financiero, Siempre Que La Actividad Corresponda Al Giro Ordinario De Sus Negocios
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B y el Juzgado 45 Civil del Circuito de Bogotá.

La causa que origina la controversia consiste en demanda en ejercicio del medio de control de controversias contractuales instaurada por Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A., contra el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE (hoy Empresa Nacional Promotora de Desarrollo Territorial – ENTerritorio), por causa de contrato de seguro de cumplimiento para entidades públicas celebrado entre FONADE y Car Hyundai S.A. en el marco de un convenio interadministrativo en virtud del cual FONADE se encargaría de “gerenciar, promocionar, ejecutar y financiar los proyectos denominados ‘Carretera de La Soberanía’ y ‘Transversal de La Macarena’.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión dispuesta en Auto 948 de 2023, según la cual, cuando se presente una demanda de controversias contractuales por el presunto incumplimiento de un contrato de una entidad con el carácter de institución financiera vigilada por la Superintendencia Financiera, la controversia será de conocimiento de la Jurisdicción Ordinaria, siempre que las actividades correspondan al giro ordinario de sus negocios, en aplicación de la excepción prevista en el numeral 1° del artículo 105 del CPACA, frente a las competencias de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

En consecuencia, asignada la competencia a dicha jurisdicción, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 45 Civil del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B y del Juzgado 45 Civil del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 45 Civil del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer el proceso promovido por Mapfre Seguros contra FONADE (hoy ENTerritorio) e identificado con el radicado 11001-1310-3045-2020-00307-00.
  2. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta corporación el expediente CJU-4452 al Juzgado 45 Civil del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del trámite judicial y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.