A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Milton Hernando Anama Rodriguez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Remitir al Consejo de Estado
- Mecanismos de cumplimiento para materializar orden de fallo de tutela
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitud de cumplimiento y apertura de incidente de desacato en relación con la Sentencia SU.245/21.
El memorialista, en calidad de Gobernador y Representante Legal del Resguardo Indígena de Yascual, del municipio de Túquerres (Nariño), adujo que la Secretaría Departamental de Educación y Cultura de Nariño ha incumplido con las órdenes dadas por la Corporación en el precitado fallo.
Teniendo en cuenta la competencia prevalente que tiene el juez de primera instancia para verificar el cumplimiento de las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional y para adelantar los respectivos incidentes de desacatados a que haya lugar, la Sala Plena decidió remitir la precitada solicitud a la Sección Primera del Consejo de Estado para que, en el ejercicio de su competencia, adopte las medidas necesarias.
Así mismo, dispuso enviar copia del referido escrito y del presente auto a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo, para que adopten las medidas pertinentes y adecuadas, en el marco de sus respectivas competencias.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (24 points)
- Primero. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el escrito presentado por el señor Milton Hernando Anama Rodríguez, Gobernador y Representante Legal del Resguardo Indígena de Yascual, remitido al despacho el 31 de marzo de 2022, a la Sección Primera del Consejo de Estado para que, en el ejercicio de su competencia, adopte las medidas necesarias en relación con el cumplimiento de la Sentencia SU-245 de 2021. El contenido integral de este auto deberá ser puesto en conocimiento de la referida autoridad.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, ENVIAR copia del escrito presentado por el señor Milton Hernando Anama Rodríguez, Gobernador y Representante Legal del Resguardo Indígena de Yascual, así como de la presente providencia, a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo, para que adopten las medidas pertinentes y adecuadas, en el marco de sus respectivas competencias.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, INFORMAR y REMITIR el contenido del presente auto al señor Milton Hernando Anama Rodríguez, al correo electrónico oskardleons@gmail.com
- Cuarto. ADVERTIR que contra la presente providencia no procede recurso alguno.
- Comuníquese y cúmplase.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ANGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.